DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano: GILBERTO JOSE VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-13.441.410, de estado civil casado, de profesión u oficio Guardia Nacional, nacido en fecha 28-10-1978, residenciado en la Urb. Pedro Elías Aristiguieta, Barrio Sucre, Calle Ricaurter, Casa N° 4, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, y 108 numeral 6 del Código Penal, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario f.....