DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, quedando disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos: DIONICIO ANTONIO LUGO GONZALEZ Y CARMEN BENITA AGUILERA AGUILERA, ampliamente identificados ut supra y que contrajeran por ante la Prefectura, El Rincón, Municipio Benítez, Estado Sucre, en fecha treinta (30) de Diciembre del año Dos Mil Ocho (30-12-2.008).-
Líbrense las participaciones y copias certificadas necesarias, al Fiscal Superior del Estado Sucre, al Registrador Principal del Estado Sucre y al Registro Civil del Municipio Benítez, Estado Sucr.....