Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Primero: Condena por Consenso, al ciudadano Aquiles Rafael Estaba Portuguez, Venezolano, Mayor de edad, Casado, Natural de Carúpano, titular de la cédula de Identidad N° 18.590.661, nacido en fecha 30-08-85, de profesión u oficio Obrero, hijo de Aquiles Estaba y Antonieta Del Valle Portuguez, residenciado en la calle San Miguel, casa N° 89, cerca del Mercal, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la pena principal de Diez ,(10), años de Prisión, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, por considerarlo culpable en la comisión del delito de Homicidio Calificado en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1°, (específicamente en circunstancia de alevosía), en relación con los artículos 80 y 82 todos del código penal, en perjuicio del ciudadano Eugenio José Guzmán, todo de conformidad con lo previsto en los artí.....