Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado DANIEL SALAZAR VELÁSQUEZ, Defensor Privado del ciudadano LUIS ALBERTO CASTRO GÓMEZ, contra decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 12 de Abril de 2016, mediante la cual acordó revocar la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD y ordenó librar ORDEN DE CAPTURA al ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano ORLANDO ADOLFO TOVAR y EL ESTADO VENEZOLANO.