DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Público y Sanciona conforme al Procedimiento por admisión de los Hechos, al ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxx por su participación en el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor; en perjuicio del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxa cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, consistente en realizar cursos en área de sus interés y/o realizar una actividad laboral; y se le prohíbe incurrir en hechos similares a los que dieron lugar al presente proceso; a los fines que éste entienda la ilicitud de su conducta. Sanción que se impone, conforme a los Artículos 8, 578 literales "A" y "F"; 539, 583, 62.....