Este Tribunal Accidental Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 14-10-2008.
SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN PROFERIDA POR EL JUZGADO A QUO.
TERCERO: Se deja expresa constancia que este proceso queda formal y oficialmente SUSPENDIDO, hasta que conste en autos la certificación por Secretaria de haberse notificado a las partes de la decisión definitivamente firme que resuelva la referida cuestión prejudicial.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, AGRÉGUESE A LOS AUTOS Y DÉJESE COPIA DE ESTA DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Acci.....