Por todo lo antes expuesto este Tribual Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MEDIDA DE PROTECCIÓN, a la Ciudadana; Victoria Felicidad Totesaut de González, Titular de la Cedula de identidad N° V-3.762.359 y domiciliada en la calle Guiria, casa N° 95, Carúpano. Estado Sucre, en su condición de Victima Directa en la causa signada con el N° 19-F02-715-05, nomenclatura de la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, a fin de garantizarle su integridad física y emocional a la mencionada Ciudadana y a su grupo familiar, es por lo que se comisiona al comandante de policía de este Municipio Bermúdez del. Estado Sucre, para que ordene a los funcionarios policiales, a objeto de que efectúen RONDAS POLICIALES CONSECUTIVAS, durante el día y la noche, por un lapso de tres meses, prorrogable el mismo, siempre y cuando se requiera y sea nece.....