Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, vista la solicitud presentada por el ciudadano: Manuel Salvador Zapata Zivila debidamente identificado y estudiado el caso en cuestión, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ciudadano: Manuel Salvador Zapata Zivila, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.689.659, domiciliado en la calle Bolívar sector Carinicuao, casa Nº 5, Parroquia Cariaco Municipio Ribero del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre las mencionadas Bienhechurías, dejando a salvo el derecho de tercero que se considere con mejor derecho sobre esta Bienhechurías, todo de conformidad con lo e.....