Acto seguido y vencido como fue el lapso concedido y en virtud de que no existe ningún tipo de impedimento para llevar a cabo la práctica de la Medida Ejecutiva de embargo, el Tribunal Declara Judicial y Ejecutivamente Embargada las cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,00) de la cuenta de ahorros N° 10-052-003981-5 la cual pertenece al demandado ciudadano: José Marcelino Rojas, y ordena al Gerente de la entidad bancaria, ciudadano: Javier Rafael Blanco Mendoza, antes identificado, desbloquear la cantidad embargada y hacer entrega de la misma mediante cheque de Gerencia a la ciudadana: Gloria Josefina Gómez.-