Por todo lo antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la aprehensión del penado CESAR OMAR NORIEGA AGUEY, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.124.480, de profesión u oficio albañil, fecha de nacimiento 20-09-1984, hijo de Clemencia Aguey y Darío Noriega, residenciado en Guayacán de las Flores, calle principal, casa s/n, cerca de la capilla, Guiria, Estado Sucre; fue CONDENADO, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ero del Código Penal, con la agravante del artículo 217 de la LOPNA, en perjuicio de OMISSIS, todo de conformidad con lo previsto en los artículo 40.....