Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano JOSE ANTONIO BONILLO venezolano, de 24 años de edad, INDOCUMENTADO nacido en fecha 31-12-1983 soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Anicasia Bonilla y padre desconocido residenciado en Tío Pedro, cerca del cerro el tigre cerca de la prefectura casa sin numero Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de Ley orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo se Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; estableciéndose un régimen de pruebas por el lapso Un (01) Año, contados a partir de la presente fecha, durante el cual deberá cumplir las siguien.....