DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del Imputado Luís Daniel Amundarain Rumión, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 26.925.239, nacido en fecha 02-01-1995, de 19 años de edad, de profesión u oficio marmolería, de estado civil concubinato, hijo de Luís Amundarain y Gregoria Rumión, y residenciado en el Sector La Chica, Barrio La Tubería Abajo, Casa S/N, cerca del Taller del señor Valentín, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Invasión, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio del ciudad.....