este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para el imputado: AGUSTIN RAMON MAGO VILLARROEL, por la comisión del delito precalificado por la referida Fiscalía como AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Derogada Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana YSOLINA DEL VALLE NUÑEZ MILLAN, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5° del artículo 108 del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal al imputado y a la Victima conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem. Y envíese las presente actuaciones al Archivo Central En el lapso legal correspondiente. Es todo, terminó se leyó y conformen firman
EL JUEZ .....