Con vista a los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara SIN LUGAR la INHIBICIÓN planteada por el Juez provisorio del Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, para conocer la causa contentiva de la pretensión que por INTIMACIÓN intentó el ciudadano ARAN KEVORKIAN MORALES contra el ciudadano ORLANDO NARVÁEZ, los cuales son asistidos por el Abogado en ejercicio JESÚS REAL MAYZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.439, por ante el Juzgado a su cargo. Así se decide.