Vencido el lapso concedido, en vista de que no se hizo presente persona alguna y por cuanto el inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido y que es objeto de la presente medida se encuentra desocupado de bienes muebles y de personas, hace formal entrega del mismo a la demandante, ciudadana: Argelia Josefina Lárez, anteriormente identificada, quien estando presente recibe tanto el inmueble como las llaves del mismo, en el estado en que éste se encuentra.-