Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil. DECRETA LA EJECUCION FORZADA de la sentencia. En consecuencia se ordena el pago de la cantidad de DIEZ MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CINCUENTA BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.10.952.050,72) monto restante de lo adeudado a la parte demandante, más la cantidad de DOS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCO BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs.2.045.205,07), cantidad esta correspondientes a los honorarios profesionales de la experto, tal como se evidencia en la experticia contable practicada.