este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción realizada en el procedimiento mediante la cual se ventiló la pretensión de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por la ciudadana MIRELLA GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 4.674.727, asistida en un principio y posteriormente representada judicialmente por el abogado en ejercicio José De La Rosa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 183.444, contra el ciudadano CLAUDIO JOSE VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.480.037, asistido por el abogado en ejercicio DIEGO JOSE BLANCO BRITO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 184.144 Así se decide.-