éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del imputado RAFAEL JOSÈ MARCHAN VÀSQUEZ, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.380.602, ; a quien se le sigue la presente causa por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NINOSKA DEL CARMEN VELASQUEZ FLORES, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de haberse declarado la Extinción de la Acción Penal,