En consecuencia, con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 16 de Marzo de 2015, así como todo lo actuado incluyendo el auto de admisión emitido en fecha 11 de Agosto de 2014.-
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de nueva admisión a fin de que se proceda a dar cabal y estricto cumplimiento a los artículos 507 del Código Civil, y 132 del Código de Procedimiento Civil, así como a las reglas que rigen el procedimiento de in.....