Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES incoada por el ciudadano: CARLOS BAUTISTA RIVAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V- 9.276.010, domiciliado en San Antonio del Golfo, casa sin número, Municipio Mejía Estado Sucre, asistido en este acto por la Abogada, LUISA GIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.833.011, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, (NPREABOGADO), bajo el número 168.288 contra la ciudadana SONIA YSABEL VELÁSQUEZ BRITO, venezolana, mayor de edad, casada,.....