En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos, OSCAR RAFAEL CEDEÑO GUZMÁN, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliado en esta Ciudad, portador de la Cédula de Identidad N° V-13.220.651, y MARÍA LIVIA LAREZ GUTIERREZ, también venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, y con igual domicilio, portadora de la Cédula de Identidad N° V-13.055.207, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ LUNA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 91.309, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Tribunal Segundo de.....