Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones, del Circuito judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Se acuerda y ordena librar BOLETA DE EXCARCELACIÓN a favor del acusado FERMÍN JESÚS MOYA RODRIGUEZ, quien deberá continuar presentándose cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, del Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, hasta tanto se proceda a la realización de nuevo juicio oral y público, acordado por esta Corte de Apelaciones. Librénse los oficios correspondientes. Cúmplase lo antes ordenado.