DISPOSITIVA
En consideración a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Condena al ciudadano Edgar Emilio Vargas Becerra, de 46 años de edad, Cédula de Identidad Nº V- 8. 144.025, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Maracay, Mariara, en Aguas Calientes, casa N° 48, calle La Esperanza, cerca de el Taller Mecánico Zaes, Maracay, Estado Aragua, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de Fraude, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinal 7° del Código Penal Venezolano, el cual nos remite al artículo 462 del mismo Código, a la pena de Tres (03) años de Prisión, por considerara que el mismo no posee antecedentes penales y es un autor primario. Debiendo presentarse el imputado cada Ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, de ac.....