Teniendo esta acta de conciliación carácter de documento público y no siendo contraria a derecho, ni violatoria de normas de orden público, que al contrario beneficia a la niña antes mencionada, por cuanto mantienen una decisión entre las partes de proceder a cumplir con la obligación legal y natural de los Progenitores. En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Raimunda Margarita Zerpa Ortega y José Luis Rodríguez Rodríguez, Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 12.888.321 y V.- 9.941.727 respectivamente, Domiciliados la Primera en el Sector Siete Boca Bohordal Jurisdicción del Municipio Cajigal del Estado Sucre y el Segundo en el Sector de Río Seco Jurisdicción del Municipio Cajigal del Estado Sucre; D.....