por UNANIMIDAD CONDENA a la Ciudadana, DIANA CAROLINA FREITE AREVALO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.712.738, nacida el día 28-10-1984, hija de ZULEIMA FREITE y ALEXIS CARVAJAL, residenciada en Barrio Campo Ayacucho, Calle 08, casa N° 42, Maturín Estado Monagas, la declara CULPABLE del delito TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a cumplir la pena Diez (10) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en el articulo 13 del Código Penal y al pago de las costas procesales establecidas en el articulo 267 Primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 34 del Código Penal el cual la cumplirá en las instalaciones del Internado Judicial de Cumaná, o el establecimiento carcelario que determine el Juez de Ejecución competente, pena principal esta que terminara de cumplir aproximadamente en el mes.....