DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada FRANCYS RIVERO, actuando con el carácter de Jueza Primera de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre –sede Cumaná, de conocer la causa penal número RP01-P-2015-007486, seguida contra los ciudadanos AGUSTÍN ENRIQUE MENDOZA GONZÁLEZ, LISANDRO ANDRES ROJAS GIL y JOHAN ENRIQUE GÓMEZ RAVELO, venezolanos titulares de las cédulas de identidad números 25.099.137, 25.528.469, y 24.878.367, respectivamente, por la presunta comisión de los delitos de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 286 del Código Penal, USO DE FASCÍMIL, previsto y sancionado en los artículo 114 de la Ley para e.....