éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano RONNY DE OLIVEIRA CUMARAIMA, venezolano, de estado civil soltero, 17.407.278, nacido en fecha 23-03-2011, de 25 años de edad, de profesión u oficio panadero, hijo de Víctor Manuel Oliveira y Susana de Oliveira, y domiciliado en Brisas del Carmen, entr4eda de playa grande, Calle principal, Casa S/N, cerca del bodegón Brisas del Carmen, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión de delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 Del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Imponiéndole las siguientes condiciones: PRIMERO: Abstenerse de incurrir en nuevos hechos delictivos. SEGUNDO: Presentarse cada Noventa (90) días por el lapso de un (01) año por ante la.....