y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado del Municipio Mariño del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanos: JESUS ANTONIO MARTINEZ OSUNA, BENICIA EPIFANIA MARCANO Y TEODARDO JOSE CRESPO NESSI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 1.496.685, 4.039.710 Y 1.495.59l, todos domiciliados en el Municipio Mariño del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO NERIS MILLAN CEDEÑO a los ciudadanos GLADYS DEL VALLE BOADA DE MILLÁN, JOSE LUIS MILLAN LOPEZ, BELKIS JOSEFINA, ANA JOSEFINA, NERIS JOSE Y CARLOS JOSE M.....