DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor de la ciudadana Elisaida José Marcano Malavé, venezolana, natural de El Pilar, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.133.926, nacida en fecha 06-01-1995, de 19 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, hija de Petra Malavé y Ernesto Marcano, y residenciada en el Sector Los Castaños, Casa S/N, casa de vivienda, teléfono 0294-514.4041, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de Cesar .....