ACUERDA: Se hace entrega al solicitante FRANKLIN EDUARDO RINCONES ACUÑA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.358.036; asistido por el abogado privado Luís Manuel Mota Codallo, el Vehículo, CLASE: CAMIONETA, MARCA: JEEP, MODELO: GRAN CHEROKEE, COLOR: PLATA, TIPO: SPORT WAGON, PLACA: HAC-150, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERÍA 8Y4GW58N151104346, SERIAL DEL MOTOR: 08-CIL., AÑO: 2005; bajo la modalidad de GUARDA Y CUSTODIA, con la prohibición expresa de realizar cualquier acto de disposición sobre el mismo, y la obligación permanente de ponerlo a la disposición del Ministerio Público, las veces que le sea requerido. Todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con la aplicación supletoria del artículo 10 de la Ley que rige la materia, para lo cual se ordena librar oficio al Estacionamiento Carúpano, lugar donde se encuentra el referido vehículo.