Con Fundamento en los Razonamientos Expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación del Abogado EFRAÍN ARAUJO, Fiscal Segundo del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Interpuesto Contra la Decisión de Fecha 20/09/2011, Dictada por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Mediante la cual se Dictó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD a Favor del Ciudadano DAVID SAMUEL DURÁN RONDÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.001.653 e Imputado de Autos, en la Causa que se le Sigue por la Presunta Comisión del Delito ROBO IMPROPIO, Previsto y Sancionado en el Aparte Único del Artículo 456 del Código Penal, en Perjuicio de MELINA MALAVÉ y CARMEN ALBORNETT. Segundo: SE CONFIRMA la Decisió.....