En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD de la ciudadana XXXXXXX), quien fue sancionada a cumplir con DOS (02) AÑOS, de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTAS, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y HURTO CALIFICADO, previstos en los artículos 406 numeral 1º del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 segundo aparte, y artículo 453 numeral 1º ejusdem, en perjuicio del ciudadano XXXXXXX. Decisión que se asume de conformidad con las atribuciones conferidas al Juez de Ejecución en los artículos 646 y 647 literal i de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículo 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela