Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y sobre la base del Artículo 330 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano GELSON DANIEL VERA, venezolano, mayor de edad, de 34 años, de oficio funcionario adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 11.832.981 y residenciado en Villa Campestre, manzana A, calle 02, Casa Nº 30, Cumaná Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTISÉIS (26) DÍAS Y SEIS (6) HORAS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN DE DOMICILIO Y USO INDEBIDO DEL ARMA DE REGLAMENTO, previstos y sancionados en los artículos 185 y 282 del Código Penal, con la Agravante del artículo 77, ordinal 8º Esjudem, en perjuicio de DARWIN JOSÉ RAMOS y el ORDEN PÚBLICO, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se .....