En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, LIBERTADOR, BENITEZ, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: ANNERYS BEATRIZ BRITO VASQUEZ, MANUEL DEL JESUS BRITO, LUIS MANUEL BRITO VASQUEZ y ANTHONY JOSE VASQUEZ VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-19.315.550, V-9.455.526, V-19.315.551 y V-30.610.330, de la ciudadana: ANA LUISA VASQUEZ, quien en vida fue titular de la cedula de identidad N° V-10.878.358, fallecida ab-intestato, el di.....