Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado: ALEXANDER ELKIS GARCÍA GARCÍA, quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, de 18 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 23.946.242, nacido el 13/11/1993, hijo de Iralis Ordosgoitti y de padre desconocido, domiciliado en: calle Ecuador casa Nº 108, de esta Ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la Pena de CINCO (5) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por el delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 149, en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.