este Tribunal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena al ciudadano a cumplir la pena de JOSÉ ANTONIO RAMOS SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.763.320, domiciliado en el Sector "Los Icacos" de Playa Colorada, casa S/N°, Vía Nacional, Parroquia Gran Mariscal del Estado Sucre; por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal en perjuicio del Ciudadano GUSTAVO JOSÉ SALCEDO; y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos vigente para la fecha comisión del hecho, en perjuicio del Estado Venezolano, CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY Y AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES; correspondiéndole al Juez de Ejecución, determinar cómo va a cumplir esta condena, la cual .....