Acuerda al ciudadano WILMER RAMON TORMES YEGUEZ, venezolano, de 33 años de edad, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 14-06-1972, portador de la cédula de Identidad N° V-11.968.213, de oficio Albañil, hijo de Luisa Maria Yeguez de Tormes y Luís Tormes, residenciado en: La Ensenada, Sector la Pepsi, casa Nº 9, Municipio Bermúdez Estado Sucre; Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad con presentaciones periódicas cada treinta (30) días por un lapso de cuatro (04) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrase incurso presuntamente en la comisión del delito de Amenaza Agravada y Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 41 en relación con el Art. 65 numeral 3° y Art. 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana Gloria.....