Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Jaqueline Marín, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 47.312, en su carácter de apoderada del ciudadano RAMON MARIN, titular de la cédula de identidad número: 10.222.540; contra el auto de fecha 21 de agosto de 2003, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial, mediante el cual admitió las pruebas promovidas por la representación judicial de su contraparte, el ciudadano ANSELMO ANTONIO ROSAS, titular de la cédula de identidad número: 3.945.880, en el juicio que la recurrente le sigue por intimación al pago una letra de cambio. En consecuencia:
PRIMERO: Se C.....