Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana OSCARINA DEL VALLE BENÍTEZ RIVERA, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.438.696, asistida por la abogada en ejercicio YELYXZI GALANTÓN ZERPA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.584, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Sala de Juicio N° 02, en fecha 25 de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004); en consecuencia se declara CON LUGAR la COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA a los ciudadanos MARYURI DEL VALLE BASTARDO ROMERO y AQUILES RAMÓN BRITO ESPINOZA, titulares de las Cédulas de Identidad N°.....