En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: RAMON JOSE SANCHEZ MUJICA Y VIANNORA BEATRIZ FIGUEROA RUIZ, domiciliado el primero en la Avenida principal de la Urbanización Villa Ayacucho, casa Nº03, Cumaná Estado Sucre y la segunda domiciliada en Avenida La Planta, casa Nº 69, Urbanización El Valle, Parroquia Santa Rosa, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistidos por la abogada en ejercicio ciudadana: JAQUELINE MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.312, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que.....