Vistas las declaraciones rendidas por los testigos, la documentación presentada y conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declaró Unico y Universal Heredero de la causante Sara Jose Vallenilla Peña, a su hijo José Alejandro Merchan Vallenilla.