Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: EL DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN Y LA EXTINCION DEL PROCESO. ASI SE ESTABLECE.
Se le advierte a las partes que según la sentencia de fecha 22 de mayo de 2001, de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Caso Félix Simón Torres Blanco y otros contra Edelmira Venero. Sentencia Nº 143, señaló:
"Si la parte apela contra la sentencia definitiva o interlocutoria con fuerza de definitiva por el Tribunal de única instancia que conoce del recurso de invalidación, equivale a emplear un recurso no establecido por la Ley, pues se reitera, por mandato legal expreso, la vía procesal directa e inmediata para impugnar una decisión de instancia de esa naturaleza es únicamente el recurso extraordinario de casación (casación per saltum)".(negrita del tribunal). Asi mismo se deja constancia que la.....