En atención a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DESESTIMA LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana DULCE VIOLETA OSIO, titular de la cedula 16.286.232, de 28 años de edad,, residenciada en la Avenida Blanco Bombona, casa s/n, cumana, estado sucre, en contra del ciudadano JESUS GUILLERMO SANABRIA, cédula de identidad Nº 4.184.819, domiciliado en Parcelamiento Miranda, calle Barinas, Edif. ARAYA MAR, piso 7, apto7d, Cumaná, Estado Sucre- Así se decide.- Notifíquese a las partes y a la Fiscalía Décima del Ministerio Público