En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos, MARITZA DEL VALLE RODRIGUEZ y MARCOS MANUEL YAÑEZ, quienes son, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.276.467 Y V-4.943.671, respectivamente, este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio, LILIANA DEL VALLE CONDELLO LA MANNA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 91.426, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre, Estado Sucre, en fecha 02 de mayo de 1978.