este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SOBRESEE la causa a favor del Ciudadano MARCOS ANTONIO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 11.828.667 y residenciado en el Bolivariano, Calle Principal, casa N° 68, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión de uno de los delitos los previstos en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del La Colectividad. Por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existe razonadamente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, por lo que no hay fundamentos serios para el enjuiciamiento de imputado alguno. Todo de Conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.