Este Tribunal Superior del Trabajo administrado Justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 27 de marzo de 2008, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada por el A quo. TERCERO: Se declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ELISEO PONCE DE LEON, en contra de la sociedad mercantil CONSORCIO RAYMIVEN, C.A, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA POR RESULTAR TOTALMENTE VENCIDA; QUINTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de .....