este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA IMPONER CAUCIÓN PERSONAL, al imputado NAICOR JOSÉ CAMPOS RAMÍREZ, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 13-09-1988, de 19 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 19.762.608, hijo de Carmen Ramírez de Mata y Marcos José Campos Núñez y reside en Cantarrana Sector Viña Martha, segunda calle primera casa de la esquina casa de color azul; debiendo el imputado acreditar dos fiadores que tenga un ingreso igual o superior a dos mil de bolívares fuertes cada uno, además de cumplir con los requisitos establecido en el artículo 258 del copp, Visto que el ciudadano NAICOR JOSÉ CAMPOS RAMÍREZ se encuentra requerido por el Juzgado 5to de control se acuerda oficiar al referido tribunal a fin de informarle que el mismo se encuentra detenido a la orden de este Tribunal. Asimismo se acuerda mantener la pr.....