Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre y no alteran el orden público, y constatado como ha sido la voluntad de la recurrente, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre con Competencia en lo Contencioso Administrativo del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO y consumado la TRANSACCION realizada entre el abogado Alex González García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 22.338, apoderado judicial del ciudadano Ángel Ramón Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.952.801, y la Alcaldía del Municipio Bermúdez del estado Sucre, dándole el carácter de cosa juzgada, una vez que conste en autos, el cumplimento total del acuerdo alcanzado y se pueda dar .....