Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "SEVICIAS E INJURIAS GRAVES QUE HAGAN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN", fundamentado en el artículo 185 causal 3° del Código Civil, ya que la causal 2° no fue demostrada y que intentara el ciudadano RAFAEL LUIS ACUÑA BERMUDEZ