este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la causa seguida al imputado CESAR JOSE ACOSTA, residenciado en la Urb. Las Llanada, sector 03, vereda 66, de esta ciudad, quien está incurso presuntamente en la comisión de uno de los delitos contra las personas, al cual la representación fiscal lo ha precalificado como LESIONES GENERICAS, en perjuicio del adolescente LUISANA JOSEFINA SALAZAR CECILIA, venezolana, de 16 años de edad, para el momento de los hechos, soltera, estudiante, titular de la cedula de identidad Nro.- 19.081.831, residenciada en la Urb. Las Llanada, sector 03, vereda 66, de esta ciudad, todo de conformidad con los establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando… Ordinal 4°. A pesar de la.....